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Gobierno de Áñez no es legítimo y menos de transición constitucional

A menos de un mes de las elecciones en Bolivia, es importante revisar los acontecimientos que marcan hitos en la política boliviana desde el golpe de Estado.

A menos de un mes del acto electoral del 18 de octubre de 2020, es importante tener presente y guardar en la memoria histórica los acontecimientos que marcan hitos en la política boliviana desde que se produce el golpe de Estado hasta la fecha, porque a este le acompañan otras prácticas antidemocráticas, excluyentes y violatorias de los derechos humanos propias de la nueva forma en que se ejerce el poder por parte de los actores políticos que prepararon, organizaron y ejecutaron el golpe de Estado que produjo la ruptura institucional en el país. En el presente artículo, me referiré a estos actores articulados en un bloque político opuesto al MAS-IPSP, que son los que produjeron estos acontecimientos y a las prácticas que los hacen posible, porque siento la necesidad de desenmascarar, lo que a diario este bloque, y en particular, la títere autoproclamada Presidenta a través discursos retóricos buscan posesionar -con el apoyo de una política y agenda mediática- ciertos elementos ideológicos que producen y reproducen una inversión de valores que no condicen con la realidad política, económica y social, ya que el bloque antes mencionado, articulador de los actores antidemocráticos y autoritarios son los que aparecen como defensores de la institucionalidad, la democracia, y del proceso electoral, y colocan en sus discursos a la organización política del MAS-IPSP como su antípoda, es decir como una fuerza política autoritaria, y dictatorial, y opuestos a las prácticas democráticas que se inscriben en el ámbito de un Estado de derecho y del proceso electoral.

De estos discursos y sus prácticas -que son las que materializan los discursos- me centrare y referiré en este artículo al discurso que tenía el objetivo de posesionar ante la opinión pública nacional e internacional, que el gobierno que emerge en noviembre del 2019, que rompe la institucionalidad democrática, y desplaza del poder al Presidente constitucional Evo Morales Ayma, era y es un gobierno legal y legítimo, que nace de una transición constitucional, pues bien, este es un punto a clarificar y los desarrollare bajo el titulo “Ni Legal, ni y Legítimo y menos de transición Constitucional”.

1. Ni legal, ni legítimo y menos de transición constitucional.

El gobierno que surge en noviembre del 2019  es ilegal e inconstitucional,  porque surge de un golpe de Estado, e interrumpe y provoca una ruptura institucional una vez que la oposición política que se oponía al oficialismo (al MAS-IPSP en ese contexto) en complicidad con la Organización de Estados Americanos (OEA) declaran a las elecciones como fraudulentas1 en un contexto que impera la violencia y la confrontación social y política, donde grupos organizados como sicarios por Comunidad Ciudadana de Carlos Mesa, y la juventud cruceñista del Comité Cívico pro santa cruz liderados por su Presidente Luis Fernando Camacho – ahora candidato a la Presidencia por “Creemos” , y otros actores sociales de oposición al MAS-IPSP, destruyen e incendian Tribunales Electorales en diferentes departamentos del país, que son el preludio para que la institución Policial se amotine dejando sin resguardo a la población que se enfrentaba en las calles, y a la misma Casa Grande del Pueblo donde el Presidente Evo Morales se encontraba reunido con sus Ministros de Estado. Producidos estos hechos  las Fuerzas Armadas (FFAA) a través de sus comandantes se pronunciaron por la renuncia del Presidente Evo Morales Ayma, lo que pone en evidencia que lo que se estaba produciendo en el país era un golpe de Estado, con características diferentes a los que se produjeron en anteriores oportunidades en Bolivia en el S.XX.

Después de estos hechos, las fuerzas políticas de oposición al MAS-IPSP, contando con el respaldo de la  fuerza pública, se valieron de la Declaración Constitucional 003/01 del 31 de julio de 2001, que se sustenta en la antigua CPE que esta abrogada y que “no tiene valor legal y no es vinculante” para “habilitar” a la senadora Jeanine Áñez como Presidente del Estado, una vez que lograron concertar entre ellos que la estólida senadora sería el títere perfecto para sustituir al Presidente del Estado, y que su envestidura como Presidenta debía presentarse como de “transición constitucional”. Para  ello, debían deshacerse de las  autoridades que según la Constitución Política del Estado (CPE) pueden  y deben asumir la presidencia del Estado ante la renuncia del  Presidente constitucional Evo Morales Ayma.  En la prelación de la sustitución constitucional, esta en primer lugar, el Vicepresidente del Estado, Álvaro García Linera, que renuncio junto al Presidente. Ante esta renuncia, la sucesión constitucional le corresponde a la Presidencia del Senado, Adriana Salvatierra (del MAS-IPSP) que también renuncio de forma verbal, y  ante esta renuncia le corresponde por prelación a la Presidencia de Diputados, que en ese momento la ejercía el diputado Víctor Borda, que no renunció. Por eso, una primera acción de los golpistas fue utilizar métodos fascistas y violentos para provocar la renuncia de Víctor Borda, y lo lograron, debido a que incendiaron su domicilio en la ciudad de Potosí y secuestraron y torturaron a su hermano   amenazando de quemarlo vivo en la plaza publica si acaso no presentaba su renuncia a la Presidencia de la Cámara de diputados.  

Con esta renuncia, los golpistas armaron la “transición constitucional” para que la senadora Jeanine Áñez Segunda Vicepresidente de la Cámara de Senadores, se autoproclama Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia en una “sesión” donde se violaron todos los procedimientos requeridos para una sucesión presidencial constitucional; es decir, la transición constitucional no operó sobre los procedimientos y las normas que rigen la institucionalidad del Estado de Derecho, y consiguientemente la Constitución Política del Estado (CPE).

Para que el lector tenga claro por que se violaron todos los procedimientos requeridos para una sucesión presidencial constitucional explicaré paso a paso el modus operandi de los golpistas y las violaciones al  procedimiento constitucional y reglamentos de ambas Cámaras:

Como ya mocionamos la CPE2 dispone que las cabezas titulares de las Cámaras de Senadores y Diputados asuman interinamente la Presidencia del Estado, hasta se convoquen a elecciones en un plazo de 90 días, es una disposición ya establecida constitucionalmente. Por tanto, no se admite la posibilidad de que sean los primeros o segundos Vicepresidentes los  que asuman por prelación interna la presidencia del Estado (la senadora  autoproclamada presidente del Estado Jeanine Áñez ejercía el cargo de segunda Vicepresidenta en la Directiva de la Cámara de Senadores). Tampoco existe la figura de autoproclamación a la Presidencia del Estado Plurinacional, debe ser el Pleno de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) instalada con el quorum correspondiente, la que   sesiona con las dos Cámaras para que instituya la sucesión constitucional a la Presidencia del Estado Plurinacional.

Asimismo, la CPE señala que, ante la renuncia del Presidente o Presidenta del Senado corresponde al Presidente de Diputados, ante la renuncia de éstos, lo que si corresponde es recomponer previamente las Directivas de las Cámaras de Senadores y Diputados, para nuevamente activar la prelación conforme el Art. 169.  Este procedimiento no ocurrió; en este sentido, los reglamentos de ambas Cámaras de la ALP también fueron omitidos, y no se siguió el procedimiento para aplicar la prelación constitucional para la sucesión presidencial. A esto hay que agregar que debido la violencia y la persecución política que se instalo en el país y que recaía fundamentalmente sobre autoridades electas y dirigentes del MAS-IPSP, la ALP estaba limitada en sus funciones porque la policía y ejercito lejos de resguardar a la institucionalidad democrática, estaban operando junto con el bloque golpista  Anti MAS, e impedían el ingreso de diputados y senadores del MAS-IPSP al recinto parlamentario.

La cronología de los hechos fue la siguiente:

La convocatoria a la sesión de Senadores, fue irregular, y se efectuó mediante Secretaría del Senado que no corresponde. En esta convocatoria, no existía cuórum para instalar la sesión en la Cámara de Senadores. El procedimiento de acuerdo a Reglamento es que la sesión se instala si existe quorum reglamentario. Si existe el quorum se instala la sesión, y recién se puede tratar la renuncia de la Presidenta del Senado, la que debe leerse de acuerdo a un orden del día establecido; es decir, las renuncia deben estar en mesa y establecidas en el orden del día. Después de ser leída la carta de renuncia se procede a su consideración para aceptar o rechazar la misma por votación, y seguidamente se procede a organizar la nueva Directiva y la elección de la Presidencia de la Cámara de Senadores. Este procedimiento no se dio, sencillamente la senadora Jeanine Áñez lo omitió, y se atribuyó por sí y para sí misma la Presidenta del Senado y se autoproclamó Presidente del Estado; en la normativa,  no existe la figura de que la segunda Vicepresidencia asuma la  Presidencia del Senado, sin previa recomposición y elección de la Directiva, y menos aún la autoproclamación a la Presidencia del Estado Plurinacional, ya que para que exista la sucesión constitucional, previamente debe existir una Convocatoria3 para que la Asamblea Legislativa Plurinacional se reúna en Pleno con ambas Cámaras (Diputados y Senadores) de forma conjunta. Es decir, se debe instalar la sesión de la ALP y con el cuórum reglamentario de ambas cámaras, tratar en el orden del día, las renuncias del Presidente del Estado Plurinacional Evo Morales Ayma, y la del Vicepresidente  Álvaro García Linera, y ponerlas a consideración del pleno. Mientras el pleno de la ALP no se haya pronunciado por aceptar o rechazar la renuncia del Presidente del Estado y del Vicepresidente, ambos mandatarios continúan en el ejercicio de sus cargos.

Consiguientemente, el gobierno de transición de la autoproclamada Jeanine Áñez es ilegal e inconstitucional porque nunca ha existido una “sucesión constitucional” como afirman los golpistas, y menos aun como manda la CPE. A esto hay que agregar que la autoproclamación atenta contra los artículos 161, 189 y 410 de la CPE, no existe esta figura para asumir la presidencia del Estado. Tampoco en una sucesión constitucional pueden las Fuerzas Armadas a través de su Comandante, posesionar al Presidente del Estado, y colocarle la banda y medalla Presidencial, este acto es atribución del presidente nato de la ALP. A Jeanine Añez, fue el jefe de las Fuerzas Armadas, Williams Kaliman el que le colocó la banda presidencial en el palacio Quemado, en pleno desacato de los requisitos constitucionales.

FUENTE : https://www.hispantv.com/noticias/opinion/478140/bolivia-elecciones-evo-morales-golpe-anez

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